El juicio de alimentos se promueve cuando aquel que debe darlos a quien los necesita incumple con la obligación de proporcionárselos.
La obligación de dar alimentos surge entre las personas por razón de su parentesco, esta obligación existe entre cónyuges, concubinos, de padres a hijos, de hijos a padres y a favor de los familiares más cercanos, precisamente para atender las necesidades alimentarias a favor de quienes no cuentan con la posibilidad de proporcionarse por sí mismos esta necesidad, ya sea por su edad, su condición física o de salud.
Si usted o sus hijos tienen la necesidad de recibir alimentos o el pago que hace de estos excede sus posibilidades, no espere más.
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